¿SON PATENTABLES LAS FÓRMULAS MAGISTRALES?
Varios clientes farmacéuticos y / o médicos nos están preguntando últimamente: ¿Son patentables las fórmulas magistrales?
LAS FÓRMULAS MAGISTRALES: EXCEPCIÓN A LA EXCLUSIVA OTORGADA POR LA PATENTE
Con frecuencia, médicos y farmacéuticos, con empuje e ideas, crean nuevas fórmulas que posteriormente recetan a sus pacientes. ¿Es patentable esa fórmula?
La respuesta es: sí. Aunque la invención ha de reunir los requisitos exigibles para patentar cualquier invención: novedad, actividad inventiva y ser susceptible de aplicación industrial.
Entonces, si está patentada, ¿puede el médico / científico / inventor oponerse a que la farmacia prepare medicamentos siguiendo su fórmula, para otros pacientes?
La Ley de Patentes establece que los derechos contenidos por la patente no se extienden a la preparación de medicamentos realizada en las farmacias extemporáneamente y por unidad en ejecución de una receta médica ni a los actos relativos a los medicamentos así preparados.
Por tanto, las fórmulas magistrales realizadas por las farmacias de manera extemporánea y unitaria, aunque en principio pudiesen estar dentro del ámbito reivindicado por una patente, no podrán ser perseguidas por el titular de la patente.
EXCEPCION DE LA EXCEPCIÓN
Así, son elementos esenciales de la excepción:
El que la preparación se realice en farmacia
- Extemporáneamente
- Por unidad
- En ejecución de una receta médica
En consecuencia, si dicha preparación se realizase en serie o de manera masiva, no estaría amparada por la excepción y, por tanto, podría ser perseguida por el titular de la patente.
PRECAUCIONES A ADOPTAR POR MÉDICOS E INVESTIGADORES
Las patentes
En el caso de que sea posible, es aconsejable patentar lo patentable, para tener derechos de exclusiva en el mercado y “recuperar” La inversión en investigación y desarrollo realizada. La patente siempre supone una ventaja competitiva en el mercado
para su titular.
Protección de la información/documentación que se genera hacia el exterior. Mensaje al mercado
En el supuesto de medicamentos/invenciones que se hallen patentadas es aconsejable indicar al mercado que éstas están protegidas por patente.
Protección general del know-how
En cualquier caso, conviene proteger la documentación e información generada: tener un “Método” de trabajo, en relación con las invenciones y su uso, la documentación e información “sensible”.
Ese “Método” se estructura en una serie de pasos. Siempre es conveniente establecer una metodología de actuación concreta e implementarla, para proteger toda la propiedad intelectual/industrial inherente a las actividades y creaciones de los médicos. Ese conjunto, puede y debe ser protegido. Es un “know-how”, una forma de actuar establecidos por el médico/inventor en cuestión.
A veces, este método puede incluir una Propiedad Intelectual/Industrial, susceptible de protección. Además, y en cualquier caso, el método es protegible como “know-how” y es esencial para protegerlo como “know-how” el mantenerlo secreto: la confidencialidad.
Fabiana Cardona